¿Sobrevendieron su vuelo? Conozca las compensaciones a las que tiene derecho

Cuando se presenta esta situación, el transportador tiene la obligación de responder de manera inmediata a las necesidades de los viajeros y garantizar la prestación del servicio.
2 días atrás

En plena temporada vacacional de mitad de año, la Superintendencia de Transporte emitió un comunicado para informar a los usuarios sobre sus derechos en caso de verse afectados por la sobreventa de vuelos por parte de las aerolíneas que operan en el país.

Según el Reglamento Aeronáutico de Colombia (RAC), la sobreventa de tiquetes está permitida hasta un 5% del vuelo. Sin embargo, cuando se presenta esta situación, el transportador tiene la obligación de responder de manera inmediata a las necesidades de los viajeros y garantizar la prestación del servicio.

Entre las obligaciones de la aerolínea se encuentran proporcionar al usuario un cupo en el siguiente vuelo disponible o embarcarlo en otra aerolínea lo más pronto posible y compensarlo con una suma equivalente al 30% del valor del trayecto afectado.

Puedes leer:  Uribe vuelve a criticar la reforma laboral y propone otros mecanismos para los trabajadores

En caso de que el pasajero sea transferido a otro vuelo, se le compensará según el tiempo de espera. Si la demora es de 1 a 3 horas, la aerolínea debe suministrar un refrigerio y una comunicación telefónica que no exceda de tres minutos.

Si la demora es superior a 3 horas pero inferior a 5, además se deben proporcionar alimentos, desayuno, almuerzo o cena, según la hora. Si la demora supera las 5 horas, también se debe compensar al pasajero con el 30% del valor del tiquete del trayecto afectado.

Si la espera sobrepasa las 10 p.m., la aerolínea además deberá proporcionarle hospedaje (si no se encuentra en su lugar de residencia) y gastos de traslado entre el aeropuerto y el lugar de hospedaje y viceversa.

Puedes leer:  Ideam explica cuándo pasará el huracán Beryl por Colombia y sus riesgos

La Superintendencia de Transporte recuerda que los usuarios pueden llegar a acuerdos con las aerolíneas para cambiar voluntariamente de vuelo, en cuyo caso no se considerará como sobreventa. Los pasajeros afectados por esta práctica deben conocer sus derechos y exigir las compensaciones correspondientes a las aerolíneas según lo establecido en la normativa vigente.

Desde el año 2023, la entidad ha realizado 4.963 intermediaciones en 26 aeropuertos para proteger los derechos de los pasajeros y ha recibido 17.377 PQRD relacionadas con el sector aéreo, de las cuales 92 corresponden específicamente a casos de sobreventa.