La Unidad Nacional de Protección (UNP) dejó claro que «no existen medidas de protección vitalicias para funcionarios públicos» y que «esa afirmación no corresponde a lo establecido en la ley o en los decretos que regulan la materia»
Además, se señalan que en el caso de las personas incluidas en el Programa de Protección «el nivel del riesgo será revaluado cada 4 años, salvo que se presente una situación extraordinaria que amerite el incremento de su esquema antes del término señalado».
En lo incluido está incluido el jefe de Gabinete del Departamento Administrativo de la Presidencia; el Director General del Departamento Administrativo -Dirección Nacional de Inteligencia; el Comandante General de las Fuerzas Militares; el Director General de la Policía Nacional y el Consejero Presidencial para la Seguridad Nacional.
Ante la polémica, fuentes de la Casa de Nariño, indicaron que dichos decretos tienen excepciones y condiciones que son evaluadas para que sean incluidos como «sujetos de protección».
Sin embargo, ningún esquema en Colombia, su tamaño y su permanencia es vitalicio, todos son evaluados periódicamente, algunos se evalúan anual, otros cada dos años y otros cada 4 dependiendo el riesgo y la función asociada al riesgo. Nadie tiene derecho a seguridad de manera automática, todo depende de la evaluación del riesgo, quien determina la pertinencia o no del esquema.
Join the Conversation