La Corte Constitucional declaró constitucional el “Acuerdo entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia relativo a la promoción y protección recíproca de inversiones”, suscrito en Caracas el 3 de febrero de 2023.
El alto tribunal también declaró exequible la Ley 2370 del 12 de julio de 2024, por medio de la cual el Congreso aprobó el tratado bilateral que busca establecer un marco jurídico para la protección de inversiones entre ambos países.
La decisión se produce en el marco del control automático de constitucionalidad previsto en el artículo 241.10 de la Constitución, que obliga a la Corte a revisar todos los tratados internacionales y sus leyes aprobatorias antes de su ratificación definitiva.
La Corte concluyó que el proceso legislativo en el Congreso cumplió todos los requisitos constitucionales, incluyendo la presentación del proyecto por parte del gobierno nacional, la publicación oficial, el trámite en las comisiones permanentes del Senado, los debates reglamentarios y las votaciones con quórum y mayorías exigidas.
Adicionalmente, el tribunal estableció que ni el tratado ni su ley aprobatoria incorporaban beneficios tributarios u ordenaban gasto alguno, por lo cual no era exigible un análisis de impacto fiscal.
La decisión judicial también determinó que el acuerdo no requería consulta previa, al no generar impactos positivos o negativos sobre las condiciones de comunidades étnicamente diferenciadas.











