El Consejo de Estado dejó sin efecto la sanción disciplinaria que la Procuraduría General de la Nación impuso al exgobernador de Córdoba Alejandro José Lyons Muskus.
La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, Sala Diez Especial de Decisión, declaró la prescripción de la acción disciplinaria dentro del expediente con radicado IUS E-2018-278302 / IUS D-2018-1131546.
Los hechos estaban relacionados con un proceso por el pago de servicios de terapias que habrían prestado varias IPS por un monto superior a los 8 mil millones de pesos.
En consecuencia, el fallo anula los actos administrativos sancionatorios que profirieron la Procuraduría Delegada Disciplinaria 2 de Juzgamiento, el 8 de septiembre de 2021, y la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular, el 4 de octubre de 2024.
La decisión se sustenta en el principio de favorabilidad. Según la providencia, ante el tránsito legislativo ocurrido antes de que culminara el proceso disciplinario, resultaba aplicable en su integridad la norma sobre prescripción contenida en la Ley 1952 de 2019, modificada por la Ley 2094 de 2021.
El tribunal concluyó que el acto sancionatorio de primera instancia se profirió después de vencidos los cinco años de prescripción que reglamenta el artículo 33 de esa ley.
La providencia también señala que la entidad conocía que la norma sobre prescripción comenzaba a regir desde el 29 de diciembre de 2023, por lo que le era posible prever que los procesos a su cargo debían sujetarse al término más favorable al disciplinado.
Tras esa determinación, la Sala se abstuvo de continuar con el estudio de los demás puntos del control integral.





