El Consejo de Estado admitió para su estudio una tutela que busca tumbar el fallo que le puso límites a las alocuciones del presidente Gustavo Petro. No obstante, la corporación no accedió a la medida cautelar que buscaba suspender los efectos de dicho fallo.
Según el auto fechado el 17 de octubre de 2025 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, Subsección B, Alberto Alfonso Meneses Manotas presentó tutela por presunta vulneración a la libertad de expresión, información, participación política y “pluralismo informativo”, relacionada con una sentencia del 16 de septiembre de 2025.
El demandante solicitó “la suspensión inmediata de los efectos del fallo del Consejo de Estado del 16 de septiembre de 2025, hasta tanto se resuelva de fondo esta acción de tutela, con el fin de evitar un perjuicio irremediable derivado de la censura previa de las alocuciones presidenciales”.
El alto tribunal consideró que la medida provisional “no tiene vocación de prosperar”, argumentando que “cualquier decisión que se llegare a tomar requiere revisar los argumentos que puedan ofrecer la autoridad judicial demandada y los terceros con interés, sin contar, con que su urgencia no fue motivada de manera alguna”.
El Consejo de Estado recordó que “el juez de tutela tiene la potestad de adoptar las decisiones que en derecho correspondan, en aras de salvaguardia los derechos fundamentales que llegare a encontrar amenazados o vulnerados”.
La tutela fue admitida cumpliendo los requisitos legales del artículo 86 de la Constitución Política y 14 del Decreto 2591 de 1991. El proceso continuará sin suspensión provisional del fallo cuestionado mientras se resuelve de fondo, lo que significa que las limitaciones a las alocuciones presidenciales establecidas en septiembre permanecen vigentes.







