Benedetti critica sentencia del Consejo de Estado: “Es un despropósito que quieran decir qué es una alocución”

Las declaraciones responden a la decisión de la Sala de lo Contencioso Administrativo que protege el derecho fundamental a la información y establece que las intervenciones del presidente Gustavo Petro en canales públicos y privados deben responder a circunstancias urgentes.
7 meses atrás
Foto | Ministerio del Interior

El ministro del Interior, Armando Benedetti, rechazó la sentencia del Consejo de Estado que establece criterios estrictos para las alocuciones presidenciales, calificándola como una intromisión indebida en las funciones del Ejecutivo.

“Es un despropósito que el Consejo de Estado quiera decir qué es una alocución, cuánto dura la alocución, qué temas y cuántos temas”, expresó Benedetti, quien además cuestionó que el tribunal “le diga a otro ente del Estado, en el que tenemos minorías y nos ha amordazado, qué tiene que hacer”.

El ministro cerró su intervención con un llamado directo a las altas cortes: “Corte Constitucional y el Consejo de Estado, dejen de legislar. Cambien las normas sobre la alocución, nosotros no la estamos burlando”.

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Las declaraciones responden a la decisión de la Sala de lo Contencioso Administrativo que protege el derecho fundamental a la información y establece que las intervenciones del presidente Gustavo Petro en canales públicos y privados deben responder a circunstancias urgentes, no pueden ser recurrentes en el mismo intervalo semanal, y deben ser limitadas temática y temporalmente.

El fallo, emitido tras una acción de tutela interpuesta por Nelson Augusto Martínez Bolaño y otros ciudadanos, ordena a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) verificar el cumplimiento de estos criterios antes de cada alocución presidencial, con facultad para impedir su realización si no se cumplen los requisitos.

Adicionalmente, la CRC debe rendir un informe público dentro de los dos días siguientes a cada alocución, evaluando si su desarrollo se ajustó a los criterios de urgencia y excepcionalidad, garantizando el pluralismo informativo.

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El tribunal ordenó que antes del 31 de diciembre de 2025, la CRC adopte un marco regulatorio definitivo para garantizar el pluralismo informativo en todos los canales.