Así es el borrador del estatuto antiterrorista: registro nacional, Alto Comisionado y facultades extraordinarias

El borrador, firmado por los ministros del Interior, Defensa y Justicia, propone crear un Alto Comisionado contra el Terrorismo.
1 día atrás
Foto | La Razón

El Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella tiene listo el borrador del estatuto antiterrorista. El texto propone crear un Registro Nacional de Organizaciones y Actores Terroristas en el que podrán incluirse estructuras y también personas.

El documento lleva la firma de los ministros del Interior, Rodrigo Lara; de Defensa, Jorge Eduardo Mora López, y de Justicia, Iván Cancino. Se tramitará como proyecto de ley estatutaria, una vía que exige mayoría absoluta en el Congreso, aprobación en una sola legislatura y revisión previa de la Corte Constitucional.

Según lo señalado en el documento, la inclusión en el registro la decidiría el Consejo de Seguridad Nacional, mediante acto administrativo y con recomendación de una Instancia Técnica integrada por delegados de ese Consejo, los ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores, la Fiscalía y la UIAF.

Además, las personas y organizaciones de las listas de la ONU entrarían de forma automática. Entre tanto las designadas como terroristas por Estados Unidos o la Unión Europea entrarían de manera provisional y el Consejo tendría 90 días para confirmarlas.

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Desde ese momento, una nueva Autoridad de Sanciones Financieras, adscrita a la UIAF, tendría 24 horas para congelar fondos, activos y billeteras virtuales, con control judicial en las 72 horas siguientes. El registro sería público y su consulta obligatoria para bancos, notarías y comercio exterior. Cada inclusión se revisaría al menos cada seis meses y podría demandarse ante el Consejo de Estado.

De otro lado, el borrador define el terrorismo como una manifestación individual, grupal o colectiva que produce “miedo, pánico y zozobra” y genera riesgos, amenazas o uso de la violencia.

Además, crea el cargo de Alto Comisionado contra el Terrorismo, adscrito al Departamento Administrativo de la Presidencia. Lo elegiría el presidente para un periodo fijo de cinco años y tendría la tarea de supervisar la aplicación de la ley.

Asimismo, el proyecto da al mandatario facultades extraordinarias por seis meses para reglamentar esa oficina, la nueva acción de aprehensión de bienes y las licencias para proveedores de criptoactivos.

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En materia militar, el borrador establece que las operaciones contra los grupos armados organizados se regirán por el derecho internacional humanitario y autoriza el uso de ataques aéreos contra objetivos militares.

En lo penal, crea el delito de apoyo material a organización terrorista, con penas de 13 a 22 años. También tipifica el uso terrorista de drones, el entrenamiento con fines terroristas y la instrumentalización de población civil para obstruir a la Fuerza Pública, este último con penas de 10 a 18 años. La retención de uniformados en servicio se consideraría secuestro.

Para cabecillas, mandos y financiadores presos, el proyecto plantea un régimen penitenciario de máxima restricción, con pabellones exclusivos, comunicaciones suspendidas salvo con su defensa y visitas limitadas. Para quienes colaboren en la desarticulación de estas estructuras, prevé rebajas de hasta el 60 % de la pena.