El Gobierno Nacional impartió nuevas instrucciones de austeridad a los ministerios y entidades públicas para limitar el uso de recursos del Estado en las celebraciones de Navidad y las actividades de cierre de 2026. La medida quedó consignada en la Circular Externa número 10 de 2026, emitida por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE).
El documento, firmado por el director del DAPRE, Carlos Ríos, establece seis lineamientos dirigidos a ministros, superintendentes, directores de departamentos administrativos y representantes legales de entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional.
Entre las disposiciones, la Presidencia solicita restringir la asignación de presupuesto para agasajos, recepciones, banquetes y demás encuentros cuya finalidad sea exclusivamente festiva. La circular plantea que las entidades deben priorizar el cumplimiento de sus funciones y la atención del interés general al distribuir sus recursos.
También ordena abstenerse de iniciar procesos de contratación o suscribir convenios y órdenes de compra destinados principalmente a financiar este tipo de actividades. La restricción incluye servicios de alimentación, bebidas, decoración, espectáculos, alquiler de espacios y logística cuando no exista una necesidad institucional justificada ni respaldo jurídico suficiente.
La circular establece, además, que las actividades de integración navideña deben ser voluntarias. Por tanto, las entidades no podrán imponer la asistencia de funcionarios y contratistas ni exigirles aportes económicos. También deberán evitar que estas reuniones afecten la continuidad de los servicios institucionales.
Los otros lineamientos contemplan reforzar los controles presupuestales, contractuales y administrativos; respetar las obligaciones legales y contractuales vigentes y los programas de bienestar social; y promover medidas internas de austeridad por parte de los representantes legales y ordenadores del gasto.
El DAPRE aclaró que la circular no crea nuevas prohibiciones legales ni reemplaza las competencias de las entidades destinatarias. Tampoco modifica las normas presupuestales, contractuales o reglamentarias que rigen a cada organismo.





