Corte Constitucional ordena devolver tributos recaudados durante emergencia económica

La DIAN debe procesar automáticamente los reembolsos de pagos anticipados sin necesidad de que los contribuyentes tramiten solicitudes adicionales. Esta restitución opera de forma inmediata tras la notificación de la sentencia.
1 día atrás
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La Corte Constitucional invalidó el Decreto Legislativo 1474 de 2025 y estableció un protocolo específico para que la DIAN devuelva los recursos tributarios recaudados durante la emergencia económica.

El proceso diferencia entre impuestos directos e indirectos, con tratamientos y tiempos distintos.

Para los impuestos directos modificados entre el 30 de diciembre de 2025 y el 28 de enero de 2026, el tribunal ordenó que no se efectúen declaraciones, liquidaciones ni cobros.

La DIAN debe procesar automáticamente los reembolsos de pagos anticipados sin necesidad de que los contribuyentes tramiten solicitudes adicionales. Esta restitución opera de forma inmediata tras la notificación de la sentencia.

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Los impuestos indirectos como IVA y gravámenes a cigarrillos y compras electrónicas requieren un procedimiento distinto. La corporación judicial ordenó que la DIAN devuelva estos pagos únicamente a contribuyentes que acrediten haber asumido efectivamente el gravamen.

El organismo recaudador dispone de treinta días desde la notificación para aplicar mecanismos legales existentes o, si resulta necesario, crear uno nuevo específicamente para esta restitución.

El tribunal también resguardó los derechos de quienes cumplieron requisitos para acceder a beneficios tributarios mientras el decreto estuvo activo, garantizando que esas situaciones jurídicas permanezcan vigentes.

Especialistas en derecho tributario advierten que la devolución de impuestos indirectos en operaciones complejas como compras internacionales por tráfico postal, presenta dificultades prácticas.

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