El Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Bogotá declaró improcedente la acción de tutela que buscaba suspender el sacrificio de más de 80 hipopótamos en Colombia, y fue más allá de simplemente rechazar la demanda: exhortó a las autoridades ambientales del Estado a avanzar de manera pronta con la eutanasia o caza controlada de los animales antes de que la población de esa especie invasora siga creciendo en el territorio nacional.
El despacho acumuló esta y otras tutelas similares para declarar su improcedencia en una sola providencia, en la que además dejó sin efectos cualquier medida o decisión que contravenga lo resuelto en el fallo, con el fin de evitar decisiones encontradas entre distintos juzgados.
Los tutelantes argumentaron que el sacrificio sería desproporcionado por aplicarse sin haber agotado previamente otras opciones no letales, que desconocía a los hipopótamos como seres sintientes, que contrariaba los principios de necesidad y razonabilidad, que ignoraba los avances constitucionales en materia de protección animal y que causaría un daño irreversible e irremediable. El juzgado no encontró fundamento jurídico suficiente en ninguno de esos argumentos para conceder la protección solicitada.
El despacho fue enfático en su exhortación: “tiendan y den cumplimiento a la medida de eutanasia o caza controlada de manera pronta antes de que se incremente la población de hipopótamos en el territorio nacional y que en casos futuros como el analizado en esta providencia actúen de manera seria, pronta y oportuna, evitando con ello la propagación del daño.”
El juzgado también pidió al Estado adelantar campañas informativas para explicar a la sociedad las razones técnicas y científicas que sustentan la decisión de optar por la caza de control o eutanasia como la vía más adecuada. La decisión puede ser impugnada.






