@javierdelahoz20
La semana pasada cerré esta columna con una pregunta; y es que si la evidencia científica ya documentó que los niños de La Mojana cargan en su cuerpo las secuelas de la contaminación por metales pesados, y si el marco jurídico para protegerlos ya existe, ¿Qué justifica la demora en actuar, y quién responde por el costo que esa demora impone sobre quienes menos posibilidades tienen de evitarlo? En este caso los niños. No es una pregunta retórica, la hice porque la respuesta merece un capítulo propio, y porque esa respuesta no hay que inventarla, ya un tribunal internacional la formulo, con nombre y apellido, para un caso que es un espejo del caso de los niños de la mojana.
El espejo se llama La Oroya, un pueblo minero ubicado en los Andes del Perú, durante décadas, sus habitantes vivieron a pocos metros de un complejo metalúrgico que procesaba plomo, cobre y zinc, y respiraron un aire cargado de metales pesados. El dato que resume aquella realidad es tan duro como el que conocimos sobre nuestros propios niños, un estudio de las autoridades sanitarias peruanas encontró que prácticamente la totalidad de los menores examinados en la ciudad tenía niveles elevados de plomo en la sangre.
La infancia entera de ese lugar crecía intoxicada, envenenada ante la pasividad absoluta del estado, como en tantas historias parecidas, el problema era conocido por quienes debían tomar decisiones desde mucho tiempo atrás, sin que ese conocimiento se tradujera en protección, simplemente miraron a otro lado.
Lo que ocurrió en marzo de 2024 es lo que convierte a La Oroya en algo más que otra tragedia ambiental. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, el mismo tribunal cuya jurisprudencia obliga a Colombia, declaró al Estado peruano responsable por violar los derechos a la vida, la salud, la integridad personal y el medio ambiente sano de la población expuesta, fue la primera vez que la Corte resolvió un caso de esta naturaleza, referido a la contaminación de aire, agua y suelo en una comunidad, y no se quedó en la declaración, la Corte ordenó medidas concretas, diagnóstico real del estado de la contaminación, atención médica gratuita y especializada para las víctimas, reparación a los familiares de quienes murieron, incluidos menores de edad cuya pérdida el tribunal atribuyó a la falta de prevención estatal, remediación ambiental, y adecuar la normativa de calidad del aire a estándares que verdaderamente protejan la salud humana, en lugar de tolerar como legal lo que hace daño.
Esa última orden me lleva a una reflexión, el problema de fondo no fue únicamente una fuente contaminante, fue un marco institucional que permitió, durante años, que el daño ocurriera dentro de los márgenes de lo permitido, limites permisibles les suelen llamar, con los papeles en regla y sin que nadie tuviera técnicamente que responder, y es que ya litigue casos donde la norma permite emisiones de metales que se bioacumulan en el cuerpo.
Cuando los estándares que fija la norma son más laxos que lo que la salud exige, la ley deja de proteger y empieza a autorizar de forma muy sofisticada el daño.
Conviene ser preciso sobre por qué una sentencia dictada contra el Perú es importante para nosotros. La Corte Interamericana no es un tribunal extranjero cuyas decisiones podamos mirar como noticia ajena, Colombia ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos y, con ello, aceptó la competencia de esa Corte. Por la vía del control de convencionalidad, los estándares que el tribunal fija obligan a interpretar y aplicar el derecho interno conforme a ellos, lo que la Corte le dijo al Perú sobre su deber de proteger a personas expuestas a metales pesados no es, para Colombia, un consejo, es un criterio vinculante que nuestras autoridades, administrativas y judiciales, deben aplicar.
Y hay un dato que vuelve esta obligación aún más ineludible, casi incómoda por lo cercana, en mayo de 2025, la misma Corte Interamericana emitió una opinión consultiva sobre las obligaciones de los Estados frente a la emergencia climática y ambiental, un pronunciamiento que precisó el deber reforzado de diligencia que pesa sobre los Estados, con atención especial a los sujetos de mayor vulnerabilidad, entre ellos los niños y las comunidades étnicas.
Esa opinión no fue solicitada por un país lejano, nació de una petición presentada por Colombia junto con Chile. Fue nuestro propio Estado el que le pidió al tribunal que precisara el alcance de estas obligaciones, resulta difícil sostener que no se sabía, cuando fue el propio país el que preguntó.
De modo que las excusas parecen agotarse, tenemos la evidencia científica del daño, producida por la Universidad de Cordoba, tenemos un precedente interamericano que declaró la responsabilidad de un Estado y ordenó diagnosticar, atender, remediar y reparar, tenemos una opinión consultiva, pedida por Colombia, que reafirma el deber de diligencia reforzada frente a los más vulnerables, y tenemos un marco internacional sobre el mercurio que el país ya se comprometió a honrar. Lo que falta no es conocimiento, ni norma, ni precedente, lo que falta es la decisión de tratar todo eso como lo que es, un conjunto de obligaciones exigibles, y no una colección de buenas intenciones.
No escribo esto para anunciar litigios ni para señalar culpables; el propósito de estas dos columnas espero sea más útil, y es mostrar el camino que va desde un hallazgo de laboratorio hasta un deber jurídico concreto, para que quienes toman decisiones comprendan que ese trayecto ya está recorrido, y que ignorarlo tiene un costo. La primera parte planteó lo que la ciencia probó, esta plantea lo que el derecho ya exige.
Queda, como la vez anterior, una pregunta que les devuelvo mis queridos lectores, si a un grupo de personas de otro país, sobre hechos similares a los nuestros, un tribunal que también nos obliga ya le reconoció el derecho a que su Estado la protegiera, la atendiera y la reparara, la cuestión ya no es si nuestros niños tienen ese mismo derecho, es clarísimo que lo tienen, sino cuánto tiempo más vamos a comportarnos como si no lo supiéramos. Porque a estas alturas, y esa es quizá la lección más dura , el no saber dejó de ser una posibilidad, lo único que falta es la decisión de actuar. ¿Seguiremos mirando hacia otro lado mientras esos niños en La Mojana siguen siendo envenenados a diario?





