Gobierno aclaró los casos en los que se puede contratar por prestación de servicios

Cuando el contratista sea una mujer en estado de gestación, en licencia de maternidad o que tengas limitaciones de salud, es una condición


El Ministerio de Trabajo expidió una circular aclarando los casos en los que se pueden seguir entregando contratos de prestación de servicios, incluso, por más de cuatro meses.

-Cuando se necesiten una experticia o conocimiento especializado con el que no se cuente en la planta de personal

-Cuando el contratista sea una mujer en estado de gestación, en licencia de maternidad o que tengas limitaciones de salud.

En caso de suscribir contratos de prestación de servicios por más del tiempo especificado se debe justificar por qué se toma la decisión y por qué esa función no puede ser cumplida por la planta permanente.

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-No se puede contratar por prestación a personas que tengan otro contrato, no solo en el Gobierno nacional, sino en cualquier otra rama del poder público o en entidades del orden regional.

Los contratos por prestación de servicios se podrán seguir ejecutando, pero solo en los casos en que no haya personal de planta que pueda asumir las funciones específicas o que exista sobrecarga laboral en la nómina permanente y se requiera apoyo temporal.