Lo que empieza como pleito local puede acabar en cortes de Alemania, Bruselas, Madrid o New York  

Javier De La Hoz Rivero
19 minutos atrás

@javierdelahoz20

Huaraz es una población  de unas de 50.000 personas en el departamento de Áncash, en los Andes Peruanos, a unos 20 kilómetros de allí, a 4.500 metros sobre el nivel del mar, está la laguna Palcacocha. Durante años, el deshielo acelerado de los glaciares de la Cordillera Blanca fue llenando esa laguna más allá de sus límites históricos.

Las autoridades de Áncash declararon la emergencia en 2010, el gobierno nacional la declaró en 2011 y de nuevo en 2014, el riesgo era claro, si la laguna se desbordaba, una ola de inundación arrasaría la ciudad.

Saúl Luciano Lliuya, agricultor y guía de montaña de Huaraz, decidió demandar a RWE, no al gobierno, no a una autoridad peruana, demando a  RWE, una empresa energética alemana que nunca ha operado un solo día en el Perú, pero que según estudios independientes es responsable del 0,47% de las emisiones globales de gases de efecto invernadero desde el inicio de la industrialización. Saul Luciano  exigió que la empresa pagara esa misma proporción del costo de las obras de protección de la laguna. En dinero  algo menos de 17.000 euros,  Saul Luciano no viajó a Lima a demandar, viajó a Hamm, Alemania.

En mayo de 2025, el Tribunal Regional Superior de Hamm desestimó su caso, los peritos judiciales estimaron en menos del uno por ciento la probabilidad de que una inundación glaciar alcanzara la propiedad de Saul Luciano  en los próximos treinta años, el riesgo concreto, dijeron los jueces, no era suficientemente alto.

Lo llamativo es que no  desestimaron el caso por falta de competencia, lo desestimaron por falta de pruebas.

Esa distinción vale la pena tenerla muy en cuenta, el tribunal no dijo que un agricultor peruano no puede demandar a una empresa alemana en Alemania, tampoco dijo que el derecho civil alemán no aplica a daños ocurridos en otro país. Lo que dijo fue que en este caso concreto los hechos no alcanzaban el umbral probatorio requerido, y al hacer esa distinción, estableció por primera vez en la historia jurídica europea que el derecho civil puede usarse para responsabilizar a grandes emisores por daños climáticos transfronterizos, y que una víctima extranjera tiene legitimidad para hacer efectiva esa jurisdicción.

Saúl Luciano Lliuya no ganó su caso, pero cambió las reglas para los que vienen detrás, y este no es un detalle menor, es una transformación de fondo.

Lo que el tribunal de Hamm reconoció, es que la distancia geográfica entre el emisor y el damnificado o víctima  no quita la competencia del juez civil, puede ser invocado ahora en jurisdicciones con normas similares, el veredicto es un hito que dará impulso a casos futuros en muchos lugares del mundo.

Chevron vs Ecuador mostró hace años que un litigio ambiental nacido en la Amazonía puede perseguir activos corporativos por décadas y en varios continentes, Milieudefensie vs Shell obligó a una matriz petrolera a reducir emisiones por mandato de un juez civil neerlandés,  Mossman  reabrió en Canadá la discusión sobre responsabilidad de la matriz por lo que hace su filial en el extranjero, la tendencia es clara, y a mi juicio apenas estamos viendo el comienzo.

Hoy una disputa que arranca en el Sur de Cordoba o Sucre por ejemplo  puede terminar dirimiéndose en Madrid, La Haya, Bruselas, Vancouver o New York. La diferencia entre una multa administrativa colombiana y un fallo en Europa no  es pequeña,  es de gran magnitud.

Pero más importante que el monto es la pregunta que estos fallos están respondiendo ¿puede un tribunal europeo conocer de un daño causado en América Latina por una empresa con sede en ese continente?, la respuesta, cada vez con más frecuencia, es sí.

La Directiva europea sobre debida diligencia empresarial va en la misma dirección. Obliga a las compañías, y a toda su cadena de valor  a vigilar impactos ambientales y sociales sin importar el país de la operación. El proceso del Tratado Vinculante de Naciones Unidas avanza esta vez con un marcado enfoque  en obligaciones sectoriales. Minería, energía y agroindustria son los primeros candidatos en  fila.

Para América Latina, esto cambia el cálculo del riesgo.

Una operación rural, minera o industrial que hace diez años se evaluaba con análisis basados en  permisos ambientales hoy enfrenta otra exposición, no solo la del expediente local, también la del litigio paralelo en una jurisdicción donde la víctima encuentra mejor acceso, mejor prueba, mejor financiación y condenas mucho más altas, esto debe ser parte del cálculo estratégico empresarial.

Por eso me parece inadecuado  seguir analizando estos conflictos solo con lógica nacional, un litigio ambiental serio hoy se diseña pensando en varios frentes al tiempo, el doméstico, el interamericano, el europeo y el norteamericano, cada frente tiene su propia lógica probatoria, pero sobre todo; su propia sensibilidad hacia las víctimas.

Las cortes constitucionales latinoamericanas y el Sistema Interamericano fueron de los primeros foros del mundo en abordar de frente el cruce entre daño ambiental, derechos colectivos y responsabilidad empresarial, lo que en Europa hoy se discute como innovación regulatoria, en buena parte de la región ya tiene precedentes jurisprudenciales, la diferencia es que allá las decisiones vienen acompañadas de cifras mucho más grandes, esto obliga a repensar la defensa corporativa desde el primer día.

La debida diligencia dejó de ser un anexo del manual de cumplimiento, cubre cadena de proveedores, relacionamiento territorial, gestión de pasivos históricos y, ahora, exposición a tribunales extranjeros con sensibilidades muy distintas a las locales. Las empresas que sigan midiendo su riesgo solo con el expediente administrativo local van a llevarse sorpresas en jurisdicciones donde ese expediente vale un poco menos que un rollo de papel higiénico.

La conversación cambió y  lo que empieza como pleito local en Huaraz, en Áncash, en el Perú, o en cualquier pueblo olvidado de Colombia puede terminar, literalmente, en cortes de Bruselas, Madrid, Paris  o New York.