La Jurisdicción Especial para la Paz rechazó en las últimas horas las solicitudes de sometimiento del exministro Sabas Pretelt de la Vega y del exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Alberto Velásquez. La entidad concluyó que los delitos por los que fueron condenados no tienen relación con el conflicto armado.
La JEP determinó que Pretelt de la Vega no presentó un compromiso claro con el sistema de justicia transicional, requisito fundamental para ser admitido en esta jurisdicción especial. El exministro fue condenado por la justicia ordinaria por delitos que la JEP considera ajenos al marco del conflicto armado colombiano.
En el caso de Alberto Velásquez, exdirector del DAPRE, la jurisdicción especial señaló que ya tiene su sanción extinguida, lo que elimina la necesidad de acudir a este mecanismo de justicia transicional. La JEP consideró que los hechos por los cuales fue condenado tampoco guardan conexión con el conflicto.
La Jurisdicción Especial para la Paz fue creada mediante el Acuerdo de Paz de 2016 para investigar, esclarecer, juzgar y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas en el marco del conflicto armado. Solo pueden acceder a ella quienes demuestren que sus delitos tienen relación directa con el conflicto.
La decisión de la JEP cierra la posibilidad de que ambos exfuncionarios del gobierno de Juan Manuel Santos accedan a los beneficios de la justicia transicional. Los delitos por los que fueron condenados deberán seguir su curso en la justicia ordinaria colombiana







