En enero de 2019, una represa minera colapsó en Brumadinho, Brasil, durante años se habían emitido advertencias técnicas sobre su estabilidad, informes, alertas, revisiones, y un largo etc., todo estaba documentado, no obstante nada cambió a tiempo, cuando la estructura cedió, lo que ocurrió fue, sin duda, una tragedia, pero no un desastre natural, era la materialización de un riesgo conocido, generado por decisiones humanas y sostenido en el tiempo por la falta de actuación que este tipo de situaciones ameritan.
Esa diferencia, entre lo imprevisible y lo advertido, no es retórica, es jurídica, y como tal acarrea consecuencias muy delicadas que en ocasiones parecer no importar a los tomadores de decisiones, y me refiere a sector público y privado.
En Córdoba, el lenguaje que usamos para describir ciertas situaciones que ocurren sigue anclado en la idea de “desastre natural”, lluvias intensas, crecientes, eventos climáticos, y sí, esos factores existen, pero esa explicación, por sí sola ya no es suficiente, el concepto de imprevisibilidad cambio, hoy la premisa a tener en cuenta es, creaste un riesgo excepcional, debes responder, puede que el evento que ocurra era inevitable, más era previsible, ahí se activa la cláusula de responsabilidad.
Un territorio intervenido sin coherencia, ocupado en zonas que históricamente han sido inundables, con decisiones fragmentadas en materia de planificación ambiental, con controles que no siempre se ejercen con la rigurosidad necesaria, un territorio donde el riesgo no es nuevo, pero sí persistente, y donde cada nueva temporada de lluvias no descubre un problema, lo confirma, ahí es donde el análisis debe cambiar.
Cuando un riesgo es previsible, cuando ha sido identificado en distintos momentos, cuando existen instrumentos normativos que buscan gestionarlo y, aun así, el daño se repite, ya no estamos ante un fenómeno estrictamente natural, estamos frente a un riesgo que ha sido, en alguna medida, construido o agravado por las decisiones humanas que modelaron ese territorio, esa categoría es conocida como riesgo excepcional.
No se trata de atribuir responsabilidades de forma ligera ni de construir narrativas de culpabilidad fácil, se trata de entender que hay escenarios en los que el daño no puede explicarse únicamente por la naturaleza. Escenarios donde las decisiones, o la ausencia de ellas, juegan un papel determinante, donde el Estado, en sus distintos niveles, tiene no solo la facultad sino la obligación de actuar antes de que el daño ocurra, no únicamente después, y ese es, precisamente, la conversación incómoda que muchos se niegan a dar, y es que aceptar que existe un riesgo excepcional implica abrir preguntas que rara vez se abordan en el debate público local, por ejemplo, ¿qué se sabía y cuándo? ¿qué instrumentos existían para actuar? ¿por qué no fueron suficientes? ¿quién debía intervenir antes de que el daño ocurriera?
No son preguntas menores. Tampoco son fáciles, pero evitarlas tiene un efecto claro, perpetuar el ciclo, y normalmente luego esos interrogantes terminan siendo resueltos ante un estrado judicial cuando ya el daño esta hecho.
Cada temporada de lluvias reactiva el mismo esquema, se declara la emergencia, se movilizan recursos, se atiende a los afectados, luego el agua baja, la atención se desplaza y el problema queda intacto, el territorio no cambia, las condiciones de riesgo persisten. La siguiente temporada encuentra exactamente el mismo escenario, con frecuencia agravado por lo que no se hizo en el intervalo. Lo que varía, temporada tras temporada, no es la lógica del problema sino la magnitud del impacto.
Ese patrón no es accidental, es el resultado de un modelo de gestión que privilegia la respuesta sobre la prevención, la emergencia sobre el ordenamiento, el corto plazo sobre la planificación sostenida, un modelo que, paradójicamente, resulta más costoso, en vidas, en recursos, en legitimidad institucional, más costoso que cualquier intervención preventiva oportuna.
Por eso, el verdadero desafío no está en responder mejor a la emergencia, sino en revisar cómo se ha construido ese riesgo en el tiempo, y en asumir, institucionalmente, que esa revisión tiene consecuencia, el debate de fondo no es solo técnico, es institucional, implica tomarse en serio el ordenamiento ambiental del territorio, no como un requisito formal que se archiva, sino como una herramienta real de prevención, implica reconocer que la gestión del riesgo no se agota en planes escritos ni en decretos de emergencia, sino que exige decisiones concretas, sostenidas y verificables, implica, también, asumir que la legalidad no puede limitarse a reaccionar cuando el daño ya ocurrió, porque en ese punto el margen de acción se ha reducido drásticamente y el costo ya fue pagado, generalmente, por quienes menos pudieron evitarlo.
El caso de Brumadinho dejó una lección que trasciende fronteras, los desastres más graves no suelen ser los inesperados, sino los que fueron advertidos y no atendidos de manera oportuna.
En Córdoba, esa línea aún no se reconoce abiertamente, seguimos hablando de desastres naturales, pero, cada vez con más evidencia, es claro que lo que tenemos enfrente se parece más a otra cosa, un riesgo que ha sido permitido, acumulado y, en algunos casos, normalizado.






