La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia admitió una tutela interpuesta por el candidato presidencial Abelardo De La Espriella y decretó la suspensión provisional de los efectos del fallo del Tribunal Superior de Bogotá que el 9 de junio le había ordenado retirar en 24 horas sus símbolos de campaña y abstenerse de usar el eslogan “Firmes por la Patria”. La decisión permite que la campaña continúe utilizando su identidad publicitaria de cara a la segunda vuelta del 21 de junio.
El Tribunal había admitido una tutela en la que se alegaba que el uso de símbolos patrios por parte de la campaña vulneraba el derecho de los ciudadanos a la libre escogencia electoral, y el magistrado Rafael Albeiro Chavarro ordenó como medida cautelar el retiro de toda la propaganda que incluyera esos elementos.
De La Espriella recurrió a la tutela argumentando que la orden lo ponía en la disyuntiva de desmontar en menos de un día toda su estrategia publicitaria a escasos días del balotaje, lo que configuraba a su juicio un “perjuicio irremediable e irreversible.”
La Corte Suprema valoró ese argumento y determinó que mantener la prohibición mientras resuelve de fondo la tutela obligaría al candidato a “desmontar, en plena recta final de la campaña, la identidad publicitaria con la que ha sido reconocido por el electorado y a transmitir a la ciudadanía un mensaje de renuncia o repliegue frente a dicha identidad.”
El alto tribunal también señaló que las medidas cautelares tienen carácter excepcional y exigen una ponderación para evitar que “la medida provisional no genere un daño desproporcionado a quien resulta directamente afectado por ella.”
La suspensión es provisional mientras la Corte decide de fondo sobre la tutela interpuesta por la campaña de De La Espriella.






