La Corte Constitucional concluyó que, nueve años después de la Sentencia T-302 de 2017, todavía no existen pruebas suficientes de que las niñas y los niños Wayuu de Maicao, Manaure, Riohacha y Uribia tengan acceso oportuno a agua potable.
Por esa razón ordenó nuevas medidas, fijó plazos para las entidades responsables y pidió a la Procuraduría y a la Fiscalía investigar varios incumplimientos.
La Sala Especial de Seguimiento encontró que las autoridades no demostraron avances verificables en la cantidad de agua que reciben los menores, la facilidad para acceder al recurso ni la calidad del agua que consumen.

El magistrado Carlos Camargo Assis explicó que las entidades “no acreditaron resultados verificables” y que tampoco probaron que la población infantil Wayuu reciba el servicio bajo los estándares exigidos por la Corte.
El único avance reconocido corresponde a Riohacha, donde las autoridades lograron identificar al 94,7 % de la población infantil Wayuu. Esa información permite saber cuántos menores necesitan atención y dónde viven.
En cambio, Maicao, Manaure y Uribia no demostraron resultados suficientes en esa tarea, considerada fundamental para dirigir las inversiones y garantizar el acceso al agua.

Durante el proceso, el Ministerio de Vivienda pidió reducir la cantidad mínima de agua que debe recibir cada persona, pasando de 20 litros diarios a 5,3 litros.
La Corte rechazó esa propuesta y mantuvo el mínimo de 20 litros al considerar que disminuirlo significaría retroceder en la protección del derecho al agua de la niñez Wayuu. También recordó que la meta sigue siendo alcanzar 50 litros por habitante al día.
La decisión obliga a los alcaldes de Riohacha, Maicao, Manaure y Uribia a entregar en 15 días la caracterización completa de la población infantil Wayuu.

El Ministerio de Vivienda tendrá tres meses para demostrar que al menos el 66 % de esos niños cuenta con acceso efectivo a agua potable, mientras que Corpoguajira deberá presentar este mes el avance técnico de su estudio sobre minería y agua y entregar los resultados definitivos en octubre.
La Corte también remitió copias a la Procuraduría y la Fiscalía para que determinen si existen responsabilidades por los incumplimientos detectados.
Esta versión elimina tecnicismos como “compulsa de copias” o “caracterización” sin perder rigor, explicando al lector qué significan esas decisiones y por qué son relevantes.








