Tribunal Superior de Bogotá falla a favor de Cerro Matoso demanda por jornada laboral

       La decisión judicial conocida en las últimas horas señala que la minera Cerro Matoso sí cumplió con todos los requisitos exigidos y necesarios para la aplicación del nuevo turno. Montería. En las últimas horas se conoció que el Tribunal Superior de Bogotá ratificó la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Décimo Laboral del Circuito que, el pasado 28 de octubre, falló favor de Cerro Matoso la demanda instaurada por Sintracerromatoso por los cambios de turno efectuados en octubre...


La decisión judicial conocida en las últimas horas señala que la minera Cerro Matoso sí cumplió con todos los requisitos exigidos y necesarios para la aplicación del nuevo turno.

Montería. En las últimas horas se conoció que el Tribunal Superior de Bogotá ratificó la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Décimo Laboral del Circuito que, el pasado 28 de octubre, falló favor de Cerro Matoso la demanda instaurada por Sintracerromatoso por los cambios de turno efectuados en octubre de 2014.

Con el fallo, el alto Tribunal, ratificó que la implementación del turno de doce horas implementado por la multinacional ferroniquelera “se ajusta a la Ley colombiana y no constituye violación alguna a la normativa laboral vigente ni a los acuerdos con los trabajadores”.

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El presidente de Cerro Matoso, Ricardo Gaviria, celebró la decisión del Tribual, e indicó que el turno de 12 horas en una medida utilizada en diferentes empresas mineras del mundo.

“Las empresas del sector minero energético en Canadá, Australia, Sur África y algunos países en Suramérica tienen los turnos rotativos de doce horas en operación. Así mismo, en Colombia la mayoría de empresas del sector han implementado esta jornada con fundamento en el artículo 165 del Código Sustantivo del Trabajo”, sostuvo el directivo.

Asimismo consideró que La jornada de doce horas respeta los términos establecidos en la convención colectiva y los trabajadores cuentan con 95 días más de descanso anual que en el esquema anterior.

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“Estos aspectos fueron corroborados y validados por el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Bogotá en la primera instancia”, precisó Gaviria.

Puntualizó el presidente de Cerro Matoso que estas medidas relacionadas con los turnos y otras medidas, obedecen a una necesaria reestructuración debido a la crisis generada por la caída mundial de los precios de los minerales.

Cabe destacar que el dilema entre Sintracerromatoso y la compañía por la activación de los nuevos turnos, fue el detonante para el cese de actividades declarado en abril de 2015 en señal de protesta.