El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, revocó un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y ordenó al Ministerio del Interior ponerse al día con la publicación de sus actos administrativos de nombramiento, los cuales no estaban siendo divulgados en los canales institucionales ni en el Diario Oficial, en contravía del artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
La corporación declaró que la cartera dirigida por el ministro Armando Benedetti incumplió el deber legal de hacer públicos esos actos a través de los medios previstos para tal efecto. La demanda fue interpuesta por la Fundación para el Estado de Derecho.
En su fallo, el alto tribunal le fijó al Ministerio del Interior un plazo de seis meses, contados a partir de la ejecutoria de la sentencia, para publicar todos los actos administrativos de nombramiento que hubiera expedido y cuya divulgación se hubiera omitido. Esa información deberá quedar disponible en el portal institucional, con mecanismos de acceso efectivos desde enlaces plenamente funcionales.
Adicionalmente, el Consejo de Estado ordenó que, a partir de la ejecutoria del fallo, el Ministerio publique de manera oportuna y continua todos los actos de nombramiento que expida en ejercicio de sus competencias legales, utilizando los medios y formas que establece el artículo 65 del CPACA.
La corporación precisó que no impartirá órdenes de cumplimiento a la Imprenta Nacional de Colombia respecto a la publicación en el Diario Oficial, dado que esa obligación recae directamente sobre el Ministerio del Interior como organismo que expide los actos cuya publicidad se exige.







