Consejo de Estado anula multas automáticas por SOAT y tecnomecánica a vehículos estacionados

El alto tribunal determinó que las sanciones solo pueden aplicarse a carros que estén circulando, no a los que permanezcan inmóviles.
11 meses atrás
Foto: Tomada de la web.

El Consejo de Estado anuló las multas automáticas que se imponían a vehículos estacionados por no tener el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) o la revisión tecnomecánica vigente. La decisión establece que estas sanciones únicamente pueden aplicarse cuando los carros estén efectivamente circulando.

La Sección Tercera del alto tribunal revisó una demanda ciudadana contra las circulares 20134200330511 del 12 de septiembre de 2013, 20144000135701 del 6 de mayo de 2014 y 20144000213141 del 17 de junio de 2014, emitidas por el Ministerio de Transporte.

Estos documentos facultaban a las autoridades de tránsito para verificar la vigencia del SOAT y la revisión tecnomecánica mediante herramientas tecnológicas, pero no especificaban si aplicaba solo para vehículos en tránsito o para cualquier automóvil.

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El Consejo de Estado determinó que las normas establecen que “la obligación de garantizar el cumplimiento de las condiciones técnico-mecánicas, ambientales y de seguridad se predica exclusivamente de los vehículos que se encuentren en circulación o tránsito efectivo por el territorio nacional”.

Por tanto, la imposición de sanciones administrativas por el incumplimiento de estas condiciones “solo resulta jurídicamente procedente si se constata que el vehículo se encontraba transitando al momento de la infracción”.

El tribunal precisó que la norma indica que “para que un vehículo pueda transitar” debe cumplir determinadas condiciones técnicas, lo que demuestra que “la exigencia legal está supeditada a la acción de circular por la vía pública, y no a la simple tenencia o propiedad del automotor”.

La decisión establece que las multas deben configurarse cuando el vehículo “efectivamente transita en condiciones irregulares, y no por el solo hecho de su existencia en tal estado mientras permanece inmovilizado o fuera de la vía”.

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