El Juzgado Cuarenta y Cuatro Penal de Conocimiento de Bogotá condenó al expresidente Álvaro Uribe Vélez a 144 meses de prisión, equivalentes a 12 años, por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
La sentencia también establece una multa de 2.420,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas.
El fallo judicial, contenido en más de 1.100 páginas, absuelve al exmandatario en algunos cargos relacionados con los eventos denominados “Hilda Niño Farfán” y “Pacho Cundinamarca”, pero lo declara culpable como determinador penalmente responsable en concurso homogéneo y heterogéneo de los delitos principales.
Prisión domiciliaria y caución judicial
El tribunal concedió al sentenciado el subrogado penal de prisión domiciliaria, regulado por el artículo 38B de la Ley 599 de 2000. Para acceder a este beneficio, Uribe debe cumplir con una caución o póliza judicial equivalente a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas se fijó en 100 meses y 20 días como sanción principal, impidiendo al expresidente participar en actividades políticas durante este período.
El proceso judicial contra el expresidente, quien gobernó Colombia entre 2002 y 2010, representa un precedente histórico en la justicia colombiana. La condena en primera instancia permite a la defensa interponer recursos de apelación ante instancias superiores del sistema judicial nacional.





