El Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad presentada por la Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular (UNIDIPLO) contra la modificación al Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del Ministerio de Relaciones Exteriores, norma que desde agosto de 2025 eliminó el requisito de dominio de un segundo idioma para ejercer como embajador.
La demanda fue interpuesta por la junta directiva del sindicato de funcionarios de carrera diplomática contra la disposición que suprimió la exigencia de que quienes aspiren a ese cargo hablen y escriban, además del español, inglés u otro de los idiomas oficiales de las Naciones Unidas, o acrediten conocimiento del idioma oficial del país de destino donde ejercerán su representación.
Con la admisión de la demanda, el alto tribunal abre formalmente el proceso judicial en el que se determinará si la eliminación de ese requisito se ajusta o no al ordenamiento jurídico colombiano que regula las competencias laborales exigidas para el ejercicio de cargos diplomáticos.
El requisito eliminado había sido históricamente considerado un estándar mínimo de idoneidad para la representación del país en el exterior, dado que el dominio de idiomas facilita la comunicación directa con autoridades y comunidades del país de destino sin depender exclusivamente de intérpretes o traductores oficiales.
El proceso judicial continuará su curso ante el Consejo de Estado, que deberá pronunciarse en una etapa posterior sobre el fondo del asunto y determinar si la eliminación del requisito de idiomas para embajadores se mantiene vigente o es declarada nula.






