Solicitaremos que la CVS revoque licencia para puerto en bahía de Cispatá: Abogado

La zona manglárica es habitad de especies en vía de extinción como el caimán de aguja y es un área protegida especial que no se puede tocar.
9 años atrás
Más de 27 mil hectáreas fueron declaradas como Distrito de Manejo Integrado y ordenadas por la CVS y el INVEMAR en el año 2008, con el fin de darle a las comunidades la posibilidad de hacer un uso sostenible sobre un área de ecosistemas estratégicos para el caribe y la región, que hoy cuentan con más del 99% de los manglares de Córdoba.

Montería.   A través de varias acciones jurídicas, el abogado Javier De La Hoz, apoderado de cientos de familias pescadoras de la Bahía de Cispatá en San Antero, buscará que la Corporación Autónoma de los Valles del Sinú y San Jorge CVS, revierta la decisión de otorgar licencia para la construcción de un puerto que impactaría siete hectáreas de una zona protegida.

De acuerdo con el jurista, en diciembre del año 2014, la Corporación Ambiental otorgó dicha licencia a la concesión Graneles del Golfo, para que construyera un puerto en dicha área que fue declarada por la misma CVS como un Distrito de Manero Integrado, y que constituye uno de los ecosistemas más importantes del Caribe Colombiano.

De La Hoz, reiteró que la actividad portuaria está prohibida en esa área, y no puede ser licenciada en la zona pese a la existencia de un Conpes portuario que la contemplaría.

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“Es casi similar a los que pasó con caño cristales. La misma CVS que declaró la zona como Distrito de Manejo Integrado, hoy permite que se haga un puerto violando el procedimiento legal. La Ley lo prohíbe expresamente y los actos administrativos de la Corporación”, indicó De La Hoz.

Explicó que la zona manglárica es habitad de especies en vía de extinción como el caimán de aguja y es un área protegida especial que no se puede tocar y donde solo se permiten actividades compatibles, sustentables, dada su gran susceptibilidad.

Tortuga Hicotea, una de las especies que habita en la zona manglárica.
Tortuga Hicotea, una de las especies que habita en la zona manglárica.

“Esperamos que la corporación rectifique su mala decisión de no hacerlo, iniciaremos acciones judiciales, pues además de violarse esa normatividad, se le violó el derecho en materia de participación ambiental de las comunidades de la zona”, precisó el abogado.

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Advirtió que inicialmente se pedirá que revoque de forma directa la licencia de construcción del puerto que se usaría entre otras actividades para sacar carbón, pero reconoció que este sería un escenario bastante complicado pues ya  se le generaron derechos adquiridos a la empresa Graneles del Golfo.

“Hay una acto administrativo que está en firme y muy a pesar de la presunción de legalidad, consideramos que es revocable directamente, pues viola de una forma tan abrupta el ordenamiento legal que encaja en una de las causales de revocatoria directa”, dijo.

De no prosperar la primera medida, instaurarán una acción popular para proteger derechos colectivos al medio ambiente y sostenibilidad alimentaria en la zona y una acción de tutela por la violación a derechos fundamentales a la participación en materia ambiental de los pescadores de la zona.

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Los manglares de la Bahía de Cispatá son uno de los ecosistemas más importantes del Caribe Colombiano.
Los manglares de la Bahía de Cispatá son uno de los ecosistemas más importantes del Caribe Colombiano.

Según De La Hoz, el argumento de la CVS en ampararse en el Conpes portuario que permitiría la construcción de puertos ‘clase B’ en dicha área, no está sujeta a la norma, pues “la determinante ambiental prevalece sobre todo este tipo de situaciones”.

“El Conpes portuario no debe estar, ni actuar por encima de la declaratoria de área protegida, la cual prevalece por norma legal y por pronunciamiento de tribunales”.

Según el abogado, aunque el puerto solo comprometería siete de las 27 mil hectáreas que conforman la bahía de Cispatá, el daño ambiental sería irreversible y podría extenderse, por lo que solicitarán medidas cautelares como la suspensión de los actos administrativos para que no se inicie la intervención en esa área.

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