La representante investigadora Gloria Elena Arizabaleta Corral expidió este miércoles el Auto de Sustanciación número 003, mediante el cual adicionó el Auto número 002 del mismo día, que había ordenado la suspensión provisional del presidente Gustavo Francisco Petro Urrego hasta las 4:00 p.m. del 21 de junio de 2026 por presunta falta gravísima de intervención en política.
El nuevo documento precisa que dentro del contenido de la parte resolutiva del primer auto “no se adoptaron decisiones que en aras de garantizar el debido proceso se hacen necesarias”, razón por la cual la representante procedió a adicionar dos disposiciones fundamentales para dar validez jurídica a la medida cautelar.
En primer lugar, el Auto 003 ordena remitir el expediente a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes para que en sesión plena sea sometido a consulta, conforme a lo establecido en el artículo 217 de la Ley 1952 de 2019, e instruye a la Mesa Directiva para que adopte las decisiones que en derecho correspondan.
En segundo lugar, la representante ordenó comunicar lo resuelto al senador Lidio Arturo García Turbay, presidente del Senado de la República, para que conforme al inciso segundo del artículo 194 de la Constitución Nacional decrete y ejecute la decisión adoptada.
Con estos dos pasos, Arizabaleta intenta blindar jurídicamente la medida y responder a los cuestionamientos que señalaban que una sola representante carecía de competencia para suspender al presidente, facultad que la Constitución reserva al Senado.







