El Juzgado 52 Civil del Circuito de Bogotá admitió la acción de tutela interpuesta por el candidato al Senado, Wilson Ruiz Orejuela, contra el presidente Gustavo Petro por declaraciones consideradas irrespetuosas frente al dogma cristiano, realizadas en ejercicio de su investidura como jefe de Estado.
La acción judicial busca la protección de los derechos fundamentales a la libertad religiosa, libertad de conciencia, dignidad humana y el principio de laicidad del Estado, argumentando que las manifestaciones del mandatario habrían vulnerado estos derechos constitucionales.
Mediante auto del 30 de enero de 2026, el despacho judicial resolvió admitir la acción de tutela y ordenó oficiar a Gustavo Petro como Presidente de la República de Colombia para que, en su condición de accionado, ejerza su derecho a la defensa dentro del término improrrogable de un día.
El juzgado advirtió que, en caso de no rendir el informe dentro del plazo establecido, se tendrán por ciertos los hechos y se resolverá de plano sobre las pretensiones del accionante, conforme lo dispone el artículo 20 del Decreto 2591 de 1991.
Wilson Ruiz Orejuela manifestó a través de sus redes sociales: “Petro deberá responder por sus palabras, porque en Colombia la fe de millones merece respeto”.
El accionante argumenta que las declaraciones del presidente fueron realizadas en ejercicio de su investidura como mandatario, lo que las reviste de mayor gravedad al provenir de la máxima autoridad del Estado, que debe garantizar la laicidad y el respeto por todas las creencias religiosas.
La Presidencia de la República tendrá que pronunciarse sobre los hechos y pretensiones planteados en la tutela en el término judicial señalado.









