El Juzgado 20 Laboral del Circuito de Bogotá sancionó al ministro de Trabajo, Antonio Sanguino Páez, con cinco días de arresto y una multa equivalente a tres salarios mínimos mensuales legales vigentes, tras determinar que el funcionario incurrió en desacato judicial.
La decisión, firmada por el juez Víctor Hugo González, estableció que Sanguino Páez “no acató” el fallo de tutela emitido el 20 de mayo de 2026, mediante el cual se había amparado el derecho fundamental de petición de la representante a la Cámara Katherine Miranda Peña.
Según la providencia judicial, dicha sentencia ordenaba al Ministerio del Trabajo resolver de fondo, dentro de un plazo de 48 horas, la solicitud radicada por la congresista el 24 de marzo de 2026. El derecho de petición contenía un cuestionario de 12 preguntas relacionado con las actuaciones de la cartera laboral frente a denuncias de presunto acoso y violencia basada en género al interior de RTVC.
El despacho judicial determinó que la orden no fue cumplida dentro del término establecido, razón por la cual procedió a sancionar por desacato al ministro o a quienes hagan sus veces, en su condición de responsables directos del cumplimiento de la decisión judicial.
La providencia dispuso que el arresto deberá cumplirse en instalaciones carcelarias de la Policía Nacional, institución a la que se ofició para que proceda con la captura del sancionado con el fin de hacer efectiva la pena impuesta.
El fallo precisó, además, que la decisión debe consultarse previamente con el superior jerárquico, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, antes de proceder con su ejecución.
El proceso, radicado bajo el número de incidente de desacato 2026-10090, fue promovido por la propia representante Katherine Miranda Peña contra el Ministerio del Trabajo, entidad que hasta el momento no se ha pronunciado públicamente sobre la decisión emitida por el Juzgado 020 Laboral del Circuito de Bogotá.





