El Juzgado 62 Administrativo del Circuito de Bogotá admitió la acción de tutela presentada por el exalcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, contra la Registraduría Nacional del Estado Civil, pero negó la medida provisional solicitada para agilizar el registro de su comité promotor presidencial.
Según el fallo fechado el 29 de octubre y firmado por el juez Pedro Javier Díaz Salazar, Quintero solicitó que se ordene a la Registraduría registrar el comité promotor del grupo significativo de ciudadanos “Reset total contra el narco y los corruptos” para habilitar el acceso al sistema de recolección de apoyos mientras se decide de fondo la acción.
El exalcalde argumentó que cuenta con cerca de 50 días para recolectar las firmas necesarias para inscribir su candidatura presidencial, y que “cada día que transcurre sin la certeza de que puede inscribir su comité recolección representa un perjuicio irremediable que torna perentoria la adopción de la medida cautelar”.
El juez ordenó a la Registraduría Nacional y al Consejo Nacional Electoral rendir informes sobre los cargos formulados en el término de dos días contados a partir del recibo de la comunicación, vinculando así al CNE al proceso de tutela.
La decisión judicial negó la urgencia solicitada por Quintero, quien busca competir por la presidencia en las elecciones de 2026. La Registraduría y el CNE deberán responder bajo juramento sobre los argumentos presentados por el exmandatario local.
El proceso se encuentra en etapa de admisión y las entidades demandadas tienen plazo para presentar sus descargos antes de que se tome una decisión de fondo sobre la protección de derechos fundamentales invocados.











