Gobierno Nacional reglamenta las corridas de toros antes de su prohibición definitiva en 2027

El decreto prohíbe la participación e ingreso de menores y endurece las condiciones para la realización de corridas de toros.
1 hora atrás
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El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes expidió un decreto que establece nuevas reglas para la realización de eventos taurinos en Colombia, como parte del proceso de transición hacia la prohibición definitiva de estas actividades prevista para julio de 2027.

La nueva reglamentación introduce restricciones sobre la participación de menores de edad, fortalece los protocolos relacionados con el bienestar animal y limita la realización de corridas de toros a los municipios que mantienen tradición taurina.

Entre las principales disposiciones, el decreto prohíbe que personas menores de 18 años participen en cualquier actividad taurina, ya sea como toreros, banderilleros, rejoneadores, matadores, novilleros, aprendices o practicantes. La norma también ordena a las autoridades locales verificar el cumplimiento de esta medida y reportar cualquier incumplimiento a las entidades competentes.

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La regulación, además, impide el ingreso de menores de edad a corridas de toros, novilladas, rejoneos, becerradas, tientas y demás espectáculos taurinos. La verificación de esta prohibición estará a cargo de las autoridades territoriales, que deberán informar las infracciones para la aplicación de las medidas legales correspondientes.

El decreto asigna funciones de seguimiento y control a las entidades territoriales y distritales, que actuarán con el apoyo del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), las secretarías de Gobierno, las autoridades ambientales y las UMATA o las entidades que hagan sus veces. Estas instituciones deberán supervisar el cumplimiento de las condiciones técnicas, sanitarias y de bienestar animal durante cada temporada taurina.

Una vez finalice cada evento, las autoridades responsables tendrán un plazo máximo de tres días hábiles para remitir un informe consolidado a los ministerios de las Culturas y de Ambiente, indicando si los organizadores cumplieron las disposiciones establecidas.

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El decreto también dispone que el incumplimiento de las nuevas obligaciones podrá dar lugar a la suspensión inmediata de la actividad y a la adopción de las acciones administrativas, policiales o sancionatorias correspondientes. La reglamentación forma parte de la implementación de la transición que llevará a la prohibición definitiva de las corridas de toros en Colombia a partir de julio de 2027.