El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1490 de 2026, que modifica el régimen de inversión de los fondos de pensiones obligatorias y elimina el límite global del 30 % para las inversiones en activos del exterior.
Ese tope lo había establecido en abril de 2026 el gobierno del expresidente Gustavo Petro, mediante el Decreto 0369. La norma obligaba a reducir de forma progresiva la inversión de los fondos en activos externos y a dirigir las nuevas cotizaciones hacia el mercado nacional hasta alcanzar ese porcentaje.
Según el Ministerio de Hacienda, esa restricción limitaba las posibilidades de diversificar los ahorros entre distintos mercados y reducía las alternativas para administrar el riesgo.
El cambio se adoptó tras una evaluación técnica que concluyó que aplicar un mismo límite global a todos los portafolios podía restringir la diversificación y dificultar el funcionamiento del esquema de multifondos previsto en la ley colombiana.
La cartera aclaró que la medida no abre la puerta a inversiones sin control. Se mantienen los límites específicos, los estándares prudenciales y las exigencias de gestión integral de riesgos que regulan la administración de los recursos pensionales. Lo que desaparece es el techo uniforme para la exposición a activos del exterior.
Entre los beneficios, el Gobierno señala mayor diversificación del ahorro, menor dependencia de un solo mercado y más flexibilidad para cada tipo de fondo. El decreto actualiza el marco del Decreto 2555 de 2010.





