La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó la decisión del Tribunal Superior de Bogotá y condenó a 76 meses de prisión domiciliaria a un hombre procesado por amenazar en redes sociales a tres periodistas. El fallo lo halló responsable del delito de amenazas agravado en concurso homogéneo.
Las publicaciones se produjeron durante 2017 y estuvieron dirigidas contra la periodista María Antonia García de la Torre, el periodista Daniel Samper Ospina y el caricaturista Julio César González Quiceno. En los mensajes, el condenado invocó a las AUC y a Carlos Castaño como mecanismo para silenciar a los comunicadores, y llegó a exhortar al linchamiento de una de las víctimas.
La Sala sostuvo que esas expresiones desbordan la protección constitucional de la libertad de expresión. Según el fallo, el procesado reivindicó la violencia de esa organización criminal y la presentó como una vía adecuada para intimidar o causar la muerte de quienes piensan distinto.
Los magistrados subrayaron la carga histórica de esas referencias en el contexto colombiano, dada la estrategia de persecución que las estructuras paramilitares desplegaron contra la prensa.
La decisión también fijó postura sobre el entorno digital. Las redes sociales, señaló la Sala, no constituyen una esfera de anomia ni un espacio sustraído de las normas de convivencia.
El fallo recordó además que periodistas y defensores de derechos humanos cuentan con protección reforzada por el riesgo asociado a su labor.





