Corte Constitucional elimina invocación a Dios del juramento veterinario y reconoce a animales como seres sintientes

Argumenta que interfiere con la libertad de conciencia y cultos, viola la neutralidad religiosa del Estado y discrimina a profesionales no creyentes, agnósticos o de otras religiones.
12 meses atrás
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La Corte Constitucional transformó el ejercicio profesional veterinario en Colombia al declarar inexequible la obligación de invocar a Dios en el juramento profesional de médicos veterinarios y zootecnistas, mediante la Sentencia C-332 de 2025.

La decisión, con ponencia de la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez, eliminó la expresión “en el nombre de Dios” del artículo 9° de la Ley 576 de 2000, argumentando que interfiere con la libertad de conciencia y cultos, viola la neutralidad religiosa del Estado y discrimina a profesionales no creyentes, agnósticos o de otras religiones.

Simultáneamente, la Corte actualizó el estatus jurídico de los animales al declarar inexequibles las expresiones que los catalogaban como “medios” e “instrumentos” exclusivos para el ser humano. La corporación reconoció que los animales son seres sintientes, destinatarios de un régimen especial de protección y una prohibición constitucional de maltrato injustificado.

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La decisión mantiene que los animales pueden servir al desarrollo humano, pero bajo el entendido de que poseen protección especial en el ordenamiento jurídico colombiano, superando la visión estrictamente instrumental.