MinTrabajo respondió a críticas por derogatoria de 11 circulares: “esa decisión no le quita un solo derecho a nadie”

La ministra Natalia López Fuentes afirmó que las circulares fueron retiradas por exceder, en algunos casos, su función orientadora
1 hora atrás
Foto | Mintrabajo

La ministra del Trabajo, Natalia López Fuentes, respondió a las críticas surgidas tras la derogatoria de 11 circulares de esa cartera y aseguró que la Resolución 2708 del 20 de agosto de 2026 no eliminó derechos laborales. Según explicó, los derechos permanecen establecidos en la Constitución y la ley, mientras que las circulares tienen como función orientar la aplicación de esas normas.

En una columna publicada el 24 de agosto en la Revista Semana, López Fuentes sostuvo que la revisión encontró documentos que podían generar interpretaciones contradictorias o establecer obligaciones que no estaban respaldadas directamente por una norma superior. Por ello, afirmó que la derogatoria buscó corregir los instrumentos administrativos y no modificar los derechos reconocidos a los trabajadores.

Uno de los ejemplos expuestos por la ministra fue la Circular 0040 de 2026, relacionada con el sector de vigilancia y seguridad privada. Según señaló, el documento podía interpretarse como una exclusión general del régimen de horas extras, cuando la Ley 2466 de 2025 establece para ese sector una excepción respecto del límite máximo de horas extras diarias, sin eliminar los recargos, el registro o los descansos correspondientes.

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También se refirió a la Circular Externa 0101 de 2025, que incluía una fórmula para calcular una compensación relacionada con la reducción de la jornada laboral. López Fuentes afirmó que la ley establece la reducción de la jornada sin disminuir el salario, pero que la fórmula, el mecanismo y el plazo de pago incorporados en la circular no estaban establecidos en la norma legal.

El tercer caso señalado fue la Circular 0089 de 2026, sobre trabajo doméstico. La ministra explicó que el documento permitía el ingreso de inspectores a viviendas sin consentimiento ante situaciones consideradas de peligro inminente. La Resolución 2708 retiró esa disposición al considerar que una circular no podía atribuir una facultad de ingreso domiciliario que no estuviera expresamente respaldada por la Constitución o la ley.

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“Vamos ahora a lo que más se ha prestado para la confusión: qué NO hizo esta resolución. No derogó un solo derecho. Ninguna circular era la fuente de esos derechos. La fuente es la ley y la ley sigue ahí, palabra por palabra. La estabilidad laboral reforzada de las personas con discapacidad la reconoce la Ley 361 de 1997 y la ha desarrollado la Corte Constitucional: eso no se movió ni un milímetro. La reducción de la jornada la ordena la Ley 2101”, afirmó.

La ministra insistió en que la derogatoria opera hacia el futuro, no declara la nulidad de las actuaciones realizadas durante la vigencia de las circulares ni elimina los derechos laborales establecidos en normas superiores.