El ministro del Interior, Armando Benedetti, salió este miércoles a rechazar la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro ordenada por la Comisión Legal de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, y la calificó de improcedente desde el punto de vista jurídico.
A través de su cuenta en X, el funcionario fue directo: “En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al Presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente. Luego la Comisión de Acusaciones no puede suspender al Presidente de la República, y menos la voluntad de una sola representante.”
Benedetti precisó que la Comisión de Acusaciones cumple únicamente una función de instrucción dentro del proceso, y que la facultad de suspender o destituir al presidente es exclusiva del Senado, una vez que la plenaria de la Cámara haya actuado formalmente como ente acusador en el plano penal o disciplinario.
El ministro también cuestionó que la medida haya sido adoptada por una sola representante, lo que a su juicio agrava la irregularidad de la decisión.







