El Gobierno Nacional estableció un nuevo límite para las inversiones de los fondos de pensiones obligatorias en el exterior. A través del Decreto 0369 de 2026, fijó un tope del 30% para estos recursos y planteó un proceso gradual que podría llevar al regreso de parte del capital hacia el país en los próximos años.
La decisión modifica las reglas actuales de inversión y busca equilibrar el manejo del ahorro pensional. El ajuste no será inmediato. El decreto define una transición en dos etapas: en el tercer año el límite deberá ubicarse en 35% y en el quinto año se consolidará el 30% como máximo permitido. Este esquema pretende evitar movimientos bruscos en los portafolios y dar tiempo a las administradoras para reorganizar sus inversiones.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán presentar un plan de ajuste ante la Superintendencia Financiera dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la norma. Este documento permitirá hacer seguimiento a cómo se adaptan al nuevo límite.
El decreto también incluye una cláusula de protección para los ahorros. Si cumplir con el tope pone en riesgo la rentabilidad, la seguridad o la liquidez de los recursos, las administradoras podrán mantener inversiones en el exterior. Para hacerlo, tendrán que justificar su decisión con argumentos técnicos ante la autoridad financiera.
Otro de los puntos clave es el impulso a la inversión dentro del país. El Gobierno plantea la creación de un banco de proyectos y espacios de coordinación entre el sector público y privado, con el fin de orientar recursos hacia iniciativas nacionales.
La medida ha generado discusión entre expertos, quienes señalan posibles efectos en la rentabilidad de los fondos y en el comportamiento del dólar. Sin embargo, también se ha indicado que gran parte de las inversiones en el exterior tienen plazos largos, lo que facilitaría el ajuste sin necesidad de vender activos de forma anticipada.
El decreto mantiene sin cambios la propiedad de los recursos, que siguen siendo de los afiliados y continúan destinados exclusivamente a su pensión.







