Fiscalía suspende 23 órdenes de captura a cabecillas del Valle de Aburrá que negocian paz en la cárcel de Itagüí

La Fiscalía suspendió 23 órdenes de captura a ocho cabecillas principales y 15 suplentes del Valle de Aburrá que participan en diálogos de paz en Itagüí.
36 minutos atrás

La Fiscalía General de la Nación suspendió 23 órdenes de captura contra cabecillas de organizaciones armadas ilegales del Valle de Aburrá que participan en el Espacio de Conversación Sociojurídica que se desarrolla en la cárcel de Itagüí, en el marco de la política de paz total del Gobierno Nacional.

La medida se fundamenta en el parágrafo 2 del artículo 5 de la Ley 2272 de 2022, que habilita este tipo de beneficios jurídicos para quienes hacen parte activa de procesos de diálogo con el Estado. La suspensión busca garantizar la movilidad de los voceros designados y facilitar su participación efectiva en las conversaciones orientadas a la desarticulación de estructuras criminales.

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Entre los ocho voceros principales beneficiados figuran alias ‘Douglas’ (José Leonardo Muñoz Martínez), alias ‘Carlos Pesebre’ (Freyner Alfonso Ramírez García), alias ‘Tom’ (Juan Carlos Mesa Vallejo), alias ‘El Abogado’ (Mauricio de Jesús Morales Múnera), alias ‘Alber’ (Albert Antonio Henao Acevedo), alias ‘El Montañero’ (Gustavo Adolfo Pérez Peña), alias ‘Vallejo’ (Jorge de Jesús Vallejo Alarcón) y alias ‘Saya’ (Juan Camilo Rendón Castro). Los otros 15 son voceros suplentes designados mediante resoluciones presidenciales de 2023 y 2025.

La suspensión de las órdenes de captura tendrá una vigencia inicial de seis meses y aplicará en Medellín, los municipios del Valle de Aburrá, Rionegro y Bogotá.

El documento que sustenta la medida señala que los acercamientos han coincidido con una reducción en indicadores de violencia en Medellín, incluyendo homicidios, desapariciones forzadas, desplazamientos intraurbanos y la disminución de las denominadas “fronteras invisibles” en algunos sectores de la ciudad.

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La Resolución No. 0072 de la Fiscalía formaliza la suspensión temporal de las órdenes de captura en favor de quienes ostenten la titularidad legal de las cédulas de ciudadanía referidas en el proceso.