La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) emitió la Resolución No. 7865 imponiendo medidas estrictas a Ticket Colombia S.A.S. y Promotora Colombia S.A.S. sobre el proceso de reembolso por la reprogramación del concierto de Shakira en Medellín.
El punto central de la orden administrativa se enfoca en la devolución del dinero, exigiendo a las empresas establecer mecanismos claros y efectivos que cubran todos los métodos de pago utilizados por los consumidores. Según la resolución, las compañías tienen la obligación de realizar los reembolsos en un plazo máximo de 15 días hábiles.
La entidad también amplió el periodo para que los afectados soliciten la devolución, otorgándoles como mínimo 5 días hábiles adicionales después de que se anuncie la nueva fecha del evento, la cual deberá ser comunicada antes del 28 de febrero de 2025.
Un aspecto destacado de la orden es que las empresas deberán ofrecer a quienes ya solicitaron el reembolso la posibilidad de retractarse y asistir al concierto reprogramado, conservando las condiciones originales de su compra. Para los que decidan no asistir, se garantiza la devolución total del importe pagado.
La Superintendencia advirtió que el incumplimiento de estas disposiciones acarreará multas conforme al artículo 61 del Estatuto del Consumidor. Esta intervención busca proteger los derechos económicos de miles de fanáticos que compraron entradas para ver a la artista colombiana, evitando perjuicios financieros ante el aplazamiento del esperado espectáculo.





