La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 13 años a Camilo Torres Becerra, actual alcalde de Puerto Escondido (Córdoba) por infringir normas que regulan la contratación estatal en proyectos financiados con recursos de regalías.
En principio se le impusieron seis cargos al mandatario, de los cuales cuatro prosperaron. En el primero de estos se demostró que el funcionario suscribió un Convenio Interadministrativo de Cooperación con la Asociación de Municipios del Sinú, Sabana y Costa Cordobesa (ASISCO) con el objeto de construir un puente vehicular en el municipio Puerto Escondido, sin contar con los estudios necesarios y suficientes, lo cual hizo incurrir en mayores cantidades de obra.
En el segundo de los cargos se evidenció que el alcalde la citada contratación se hizo mediante la modalidad de contratación directa, incumpliendo el principio de transparencia que debe mediar en la contratación pública, como quiera que la modalidad de selección del contratista debía ser la licitación pública.
En el tercer cargo se comprobó que Torres Becerra suscribió un convenio interadministrativo de cooperación con la Asociación de Municipios de la Sabana y el Sinú para efectuar interventoría técnica, administrativa, financiera y jurídica a dos contratos de obra que tenían por objeto la construcción de los puentes de la quebrada de Cuello y de la quebrada Galápago y la construcción y dotación de dos centros de desarrollo infantil en la zona rural de Puerto Escondido, a través de la modalidad de contratación directa, cuando debió contratarse mediante concurso de méritos.
En el cuarto y último cargo se evidenció que en su condición de alcalde municipal, y por ende, miembro y presidente del Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) de Puerto Escondido, incumplió su deber de decidir qué instancia adelantaría la contratación de la interventoría, al expedir el Acuerdo 01 del 21 de enero de 2013, en el cual se aprobaron los proyectos de inversión para la construcción de los mencionados puentes sobre las quebradas Cuello y Galápago.
Las faltas cometidas por el funcionario actual fueron calificadas por la Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública como gravísimas cometidas con culpa gravísima.
Por no compartir los argumentos expuestos por el ente disciplinario, el defensor del mandatario municipal apeló la decisión de primera instancia, recurso que será resuelto por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.