La noche del miércoles 8 de mayo, la Corte Constitucional decretó la invalidez de la Ley 2281 de 2023, la cual dio origen al Ministerio de la Igualdad y Equidad, encabezado por la vicepresidenta Francia Márquez.
Esta decisión se basó en una demanda que argumentaba vicios en el trámite legislativo y falta de precisión en las facultades extraordinarias otorgadas al presidente Gustavo Petro.
Los demandantes, entre ellos Paloma Valencia, María Fernanda Cabal, Paola Holguín y José Jaime Uscátegui, cuestionaron específicamente el artículo 12 de la mencionada ley, el cual confería al presidente facultades extraordinarias por seis meses para expedir normas con fuerza material de ley dirigidas a integrar al Sector de Igualdad y Equidad con otras entidades.
Este artículo fue considerado problemático por su amplitud y falta de especificidad.
Además, se argumentó que durante el trámite legislativo no se realizó un análisis adecuado del impacto fiscal de la creación del ministerio, como lo exige la ley. El Congreso no evaluó debidamente los costos asociados, lo que constituyó un vicio de procedimiento insubsanable según lo establecido en el artículo 7º de la Ley 819 de 2003.
A pesar de declarar la invalidez de la ley, la Corte Constitucional decidió aplazar los efectos de esta decisión por dos legislaturas, contadas a partir del 20 de julio de 2024.
Esto significa que la Ley 2281 de 2023 dejará de producir efectos una vez culmine la legislatura 2025-2026, quedando fuera del ordenamiento jurídico.