Alcalde de Montería no sería sancionado

       Montería. La Oficina Jurídica del municipio prepara la defensa del fallo proferido por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito que ordena el arresto y sanción del alcalde de Montería. De acuerdo a lo expresado por el director de la Oficina Jurídica, Carlos Frasser Arrieta, la sanción proferida en el incidente desacato es inapropiado. Dijo que de parte de la Administración Municipal hay una total tranquilidad porque en este caso no ha existido ningún tipo de violación al derecho fundamental alegado...

Municipio pedirá jurídicamente la a nulidad de la sanción interpuesta al mandatario Carlos Eduardo Correa, ya que la tutela es improcedente.

Montería. La Oficina Jurídica del municipio prepara la defensa del fallo proferido por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito que ordena el arresto y sanción del alcalde de Montería. De acuerdo a lo expresado por el director de la Oficina Jurídica, Carlos Frasser Arrieta, la sanción proferida en el incidente desacato es inapropiado.

Dijo que de parte de la Administración Municipal hay una total tranquilidad porque en este caso no ha existido ningún tipo de violación al derecho fundamental alegado por la accionante, quien reclama una posibilidad de acceder a un predio que se encuentra aledaño a una institución educativa San José de Jaraquiel, en la zona rural de Montería.

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“Le haremos ver al juzgado superior jerárquico que el alcalde nunca fue vinculado al trámite de la tutela, nunca se le notificó y nunca tuvo la posibilidad de defenderse. No se entiende entonces porque cuando sale el fallo en contra del rector del colegio y le obligan a cumplir con unas actuaciones, en el incidente de desacato vinculan al alcalde directamente sin haber podido tener la oportunidad de interferir en el proceso. Eso creo que es un punto clave para explicar esta situación” afirmó Frasser.

El asesor jurídico de la Alcaldía afirmó que se ha comprobado y así se le hizo saber al juzgado en primera instancia, que en el predio que la señora Marta Arrieta Berrocal reclama no existe vivienda alguna y por lo tanto no hay que permitir acceso a ese sitio ya que allí no habita ninguna persona. “También consideramos que es mucho más importante el derecho de los niños que estudian en esa institución a la seguridad y a la tranquilidad en el momento de recibir sus clases sobre cualquier otro derecho que una persona reclame, sin  embargo tenemos esta decisión que va a ser objeto de defensa por parte del municipio”, aseguró.

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Carlos Frasser, reiteró que el municipio acatará dicha orden de los jueces y se hará lo establecido en el fallo. “Nosotros vamos a proceder a instalar la puerta de acceso con todas las garantías de seguridad para los menores y que alguien se haga responsable de la entrada por esa puerta, para que la persona que reclama acceda a su predio mientras el municipio inicia una acción de pertenencia en contra de las personas que reclaman la propiedad, porque también consideramos que  con la situación que se ha demostrado el municipio es el dueño del terreno y por eso vamos a iniciar una reclamación judicial para demostrar que por posesión somos los propietarios”, concluyó.

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Carlos Frasser, Asesor Jurídico
Carlos Frasser, Asesor Jurídico