La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa de 4.679.844.144 pesos a Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP BIC, operadora de Movistar, por incumplir las obligaciones relacionadas con el proceso de portabilidad numérica y obstaculizar el derecho de los usuarios a cambiar libremente de operador telefónico conservando su número.
La sanción, contenida en la Resolución 26355 del 15 de abril de 2026, se originó en denuncias presentadas por distintos operadores del sector, que alertaron sobre conductas irregulares de Movistar durante el proceso de portación.
La SIC identificó dos tipos de irregularidades. La primera: en algunos casos Movistar no entregó de manera oportuna los NIP de confirmación a usuarios que habían solicitado formalmente el cambio de operador, lo que bloqueó el trámite entre el operador receptor y el donante. La segunda: la empresa realizó actividades de recuperación de clientes durante el proceso de portación, enviando mensajes con ofertas comerciales incluso antes de remitir el NIP, práctica que interfiere con la libre decisión del usuario.
El NIP es el código que habilita al usuario para iniciar la portabilidad de su línea telefónica, actúa como llave para el trámite entre operadores y debe ser entregado en tiempos específicos para garantizar que el proceso se realice con eficacia.
La Superintendencia precisó que al inicio de la actuación administrativa impartió una orden a Movistar para que cumpliera la normativa, pero el operador no aportó pruebas de haber acatado esa instrucción, lo que derivó en la sanción económica.
Contra la resolución sancionatoria proceden recursos de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y de apelación ante la Superintendencia Delegada para la Protección del Consumidor.










