Sala Plena aparta al magistrado Jorge Enrique Ibáñez de la revisión de la emergencia económica

Los ocho magistrados restantes avalaron por unanimidad apartar al presidente de la Corte tras sus declaraciones públicas.
6 meses atrás
Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional. Foto | CConstitucional

Jorge Enrique Ibáñez quedó por fuera de los expedientes que analizan la legalidad de la emergencia económica decretada por Gustavo Petro en diciembre.

Los ocho magistrados de la Sala Plena votaron de manera unánime para aceptar el impedimento que el propio presidente de la Corte Constitucional radicó días atrás.

La exclusión del magistrado abarca dos expedientes fundamentales: el que estudia el decreto base de la emergencia, bajo responsabilidad de Carlos Camargo, y el que examina las medidas tributarias adoptadas, a cargo de Juan Carlos Cortés.

La decisión se fundamentó en las entrevistas que Ibáñez concedió a diferentes medios sobre el tema. Aunque en su impedimento aseguró que no expresó opiniones ni conceptos sobre la emergencia económica, dejó en manos de sus colegas la decisión final sobre su permanencia en el proceso.

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El 21 de enero, la Casa de Nariño había presentado una recusación contra el presidente del tribunal. Varios magistrados consideraron desde ese momento que la petición del Ejecutivo tenía fundamento. Sin embargo, la Sala Plena optó por resolver la situación a través del impedimento presentado por Ibáñez y no mediante la recusación gubernamental.

Esta diferencia en el mecanismo utilizado tiene consecuencias prácticas: evita que el magistrado enfrente una posible investigación disciplinaria. Algunos de sus compañeros consideraron un desacierto que presentara el impedimento después de conocer la recusación, pues ese orden podría generar cuestionamientos.

La salida de Ibáñez modifica el balance de votos en la Corte. Su ausencia resta un voto a la posible solicitud del magistrado Camargo para suspender el decreto de emergencia económica, lo que puede incidir en el resultado final de la decisión que tome el alto tribunal sobre esta figura constitucional.

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