Registraduría reconoció oficialmente el comité promotor del referendo ‘Por la Estabilidad Constitucional 2026-2034’ de Fajardo y Edna Bonilla

La Registraduría reconoció el comité promotor del referendo 'Por la Estabilidad Constitucional 2026-2034' promovido por Fajardo y Edna Bonilla.
54 minutos atrás
FOTO: Prensa de Sergio Fajardo y Edna Bonilla.

La Registraduría Nacional del Estado Civil expidió este jueves la Resolución número 4723 del 6 de mayo de 2026, mediante la cual inscribió oficialmente el comité promotor y reconoció al vocero para un referendo constitucional aprobatorio de origen ciudadano denominado ‘Por la Estabilidad Constitucional 2026-2034’, impulsado por el candidato presidencial Sergio Fajardo y su fórmula vicepresidencial, Edna Bonilla.

La solicitud de inscripción fue presentada el 20 de abril de 2026 por el ciudadano Mauricio Pava Lugo ante el Grupo de Mecanismos de Participación Ciudadana de la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Delegada en lo Electoral, entidad que verificó el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Estatutaria 1757 de 2015 y procedió a reconocer formalmente el mecanismo.

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El referendo es un mecanismo de participación ciudadana consagrado en el artículo 103 de la Constitución Política, mediante el cual el pueblo puede aprobar o rechazar un proyecto de norma jurídica o derogar una norma vigente. Su convocatoria de origen ciudadano requiere la recolección de apoyos mediante formularios entregados por la Registraduría, etapa que se activa con este reconocimiento formal.

La iniciativa de Fajardo y Bonilla plantea un referendo orientado a garantizar la estabilidad constitucional para el periodo 2026-2034, en un contexto en que el debate sobre una posible Asamblea Nacional Constituyente, impulsada por el presidente Gustavo Petro, domina el escenario político nacional. El reconocimiento del comité promotor representa el primer paso formal del proceso, que deberá avanzar en la recolección de firmas ciudadanas para poder ser sometido a votación popular.

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La resolución fue firmada por el Registrador Delegado en lo Electoral en ejercicio de las atribuciones conferidas por las leyes estatutarias 134 de 1994 y 1757 de 2015.