La Registraduría Nacional del Estado Civil inscribió, mediante Resolución 1331 de 2026, al ciudadano Daniel Quintero Calle por el Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia (AICO) para participar en la consulta popular “Frente por la Vida” del 8 de marzo.
La decisión se produce después de que el 27 de enero, mediante Resolución 889, la Registraduría rechazara la inscripción de Quintero tanto por AICO como por el Partido del Trabajo de Colombia para participar en la consulta presidencial.
El 5 de febrero, el Consejo Nacional Electoral emitió la Resolución 0826 ordenando a la Registraduría inscribir a Quintero, “siempre que se verifique el cumplimiento de los requisitos formales exigidos por la normativa vigente”.
La orden del CNE se fundamentó en rechazar la inscripción inicial “con fundamento en una supuesta participación del ciudadano en la consulta realizada el 26 de octubre del 2025.
El 5 de febrero se presentó ante la Registraduría un nuevo acuerdo de voluntades suscrito por representantes legales del Pacto Histórico, Partido La Fuerza, Partido del Trabajo de Colombia, Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS) y AICO.
La resolución señala que “contra la presente decisión no procede recurso alguno” y fue firmada por Jaime Hernando Suárez Bayona, Registrador Delegado en lo Electoral.





