Personas Naturales podrán actualizar el RUT desde internet

🔊 Escuchar noticia A partir de ahora, si usted es Persona Natural y no posee firma digital, puede actualizar el Registro Único Tributario (RUT), desde internet, gracias al servicio en línea que dispuso la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), para actualizar dicho documento, es decir, ya no tendrá que desplazarse a los puntos de contacto de la entidad. Con este servicio los ciudadanos podrán modificar a través de www.dian.gov.co  datos como: dirección, correo electrónico, teléfonos, actividad económica, fecha de inicio de actividad económica, adición de nuevas responsabilidades, entre otros. La Entidad reiteró a todos los usuarios que el
9 años atrás

A partir de ahora, si usted es Persona Natural y no posee firma digital, puede actualizar el Registro Único Tributario (RUT), desde internet, gracias al servicio en línea que dispuso la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), para actualizar dicho documento, es decir, ya no tendrá que desplazarse a los puntos de contacto de la entidad.

Con este servicio los ciudadanos podrán modificar a través de www.dian.gov.co  datos como: dirección, correo electrónico, teléfonos, actividad económica, fecha de inicio de actividad económica, adición de nuevas responsabilidades, entre otros.

La Entidad reiteró a todos los usuarios que el RUT no pierde vigencia, así mismo les recuerda que a través del portal se puede generar una copia de este documento con fecha actualizada sin tener que acercarse a la DIAN.

Puedes leer:  James Rodríguez se recupera de una deshidratación severa tras el partido de Colombia contra Francia

La copia del documento es válida con la marca de agua: “COPIA CERTIFICADO DOCUMENTO SIN COSTO” y no requiere la firma del funcionario de la DIAN. Sólo basta con el registro de la fecha y la hora de la generación del documento que aparece en la parte inferior derecha del formulario.

Si desea realizar la actualización del RUT consulte el paso a paso en: http://www.dian.gov.co/descargas/cartillas/2014/actualizacion.pdf

Según establece el Decreto Único Reglamentario D.U.R. 1625 de 2016 en los artículos 1.6.1.2.7 y 1.6.1.2.14, el RUT debe actualizarse en los casos que implican modificaciones a los datos registrados tales como: datos personales (identificación y ubicación), datos informativos: actividad económica, responsabilidades, entre otros.

Puedes leer:  Cancillería defiende contrato de pasaportes por $185.000 millones ante nuevas alertas de la Procuraduría