Redacción. Con una votación de 7 a 1 la sala plena de la Corte Constitucional tumbó la sanción contra vendedores ambulantes y a las personas que le compren sus productos en la calle.
De acuerdo con la decisión, solo serán sancionados aquellos comerciantes que utilicen a los vendedores informales de manera sistemática para distribuir sus productos.
“Seguidamente, la Corte, al definir sobre la facultad de las autoridades de policía de imponer medidas correccionales a aquellas personas que adquieren productos o interactúan en los mercados informales en el espacio público, encuentra que la medida censurada admite una lectura conforme a la cual la conducta de quienes simplemente adquieren productos que se comercialicen de manera informal en el espacio público quede comprendida en el ámbito de la disposición”, dice el alto tribunal.






