¿Tras fallo de Corte IDH, suspendidos van a buscar revivir políticamente?

El país discute si los elegidos por voto popular no pueden ser destituidos por órdenes administrativas.
5 años atrás

Redacción. El martes la Corte Interamericana de Derechos Humanos, (Corte IDH), determinó que Colombia es responsable por la violación de los derechos políticos y las garantías judiciales del senador Gustavo Petro.

De acuerdo con la IDH, los derechos políticos del excandidato presidencial se vieron afectados como consecuencias de la sanción disciplinaria con la que fue destituido como alcalde mayor de Bogotá e inhabilitado por el término de 15 años para ocupar cargos públicos.

Tras el fallo, el país analiza si pueden venir demandas de personas que ya hayan salido de sus cargos antes por decisiones de la Procuraduría o la Contraloría.

Ante ello, Camilo Gómez Alzate, director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje), explicó todas las decisiones tomadas anteriormente fueron definidas bajo una interpretación ajustada a la Constitución y la Corte Constitucional determinó que las funciones de la Procuraduría “estaban ajustadas a la Convención Interamericana de Derechos Humanos”.

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Esas decisiones son tomadas bajo una presunción plena de legalidad y las defenderemos porque nos parece que este cambio de interpretación del artículo 23 de la Convención aplica por el momento solo para Gustavo Petro en cuanto a su juzgamiento ,no en cuanto a sus conductas en las que incurrió porque de esas no habla la sentencia y obviamente vendrán demandas y vendrán interpretaciones, pero creo que tenemos los argumentos suficientes para que se mantengan dada la presunción de convencionalidad y constitucionalidad que tienen”, dijo Gómez.

El senador Gustavo Petro propone que el Congreso coordine con la Rama Ejecutiva del poder público “una reforma legislativa que quite de lo que contradice el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos y es que los funcionarios de elección popular no pueden ser destituidos por órdenes administrativas ni sus derechos políticos vulnerados”.