La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tomó una decisión en el caso de Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, conocido como ‘Simón Trinidad’. La Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de este organismo otorgó la amnistía al exlíder de las FARC por el delito de rebelión, en relación con los acontecimientos ocurridos en 2002 en Bojayá, Chocó.
Esta resolución se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos establecidos para recibir el beneficio jurídico. La SAI determinó que la conducta de Palmera Pineda se ajusta a los ámbitos de aplicación temporal, personal y material contemplados en el Acuerdo Final de Paz.
El proceso contra ‘Simón Trinidad’ se remonta a los enfrentamientos entre las FARC y las Autodefensas en Vigía del Fuerte, Antioquia, y Bellavista, Chocó. Durante estos eventos, se produjo la detonación de una pipeta de gas en una iglesia donde se refugiaba la población civil, hecho por el cual la Fiscalía acusó a Trinidad en 2005.
La decisión de la JEP resuelve parcialmente el trámite iniciado por la justicia ordinaria. Sin embargo, es importante señalar que la amnistía se limita al delito de rebelión, sin pronunciarse sobre otros cargos que pesan sobre el exguerrillero.
La notificación de esta resolución se realizará a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, ya que Palmera Pineda se encuentra recluido en la prisión de Florence, Colorado, Estados Unidos. Asimismo, se notificará a su abogado defensor, Diego Alejandro Martínez Castillo.
Como parte del proceso, ‘Simón Trinidad’ deberá suscribir el régimen de condicionalidad y el formato de aportes de verdad de la JEP. Se advierte que el incumplimiento de este requisito podría llevar a la revocatoria de la amnistía concedida, dependiendo de la gravedad de la infracción.