En un fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación suspendió por 10 meses al director del Departamento Administrativo de la Función Pública, César Augusto Manrique Soacha, y al exministro de Ciencia, Tecnología e Innovación, Arturo Luis Luna Tapia.
La suspensión se debe a las irregularidades cometidas al recomendar al presidente Gustavo Petro el nombramiento de Álvaro Moisés Ninco Daza como embajador en México.
La Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento determinó que Ninco Daza no cumplía con los requisitos ni con la experiencia necesaria para el puesto. Manrique y Luna estaban obligados a recomendar no avalar su hoja de vida o motivar razonadamente su aptitud para el cargo, lo cual no hicieron. En cambio, ambos emitieron un voto favorable para que el presidente Petro “compensara excepcionalmente” los requisitos, permitiendo así el nombramiento de Ninco Daza, quien actualmente sigue en el cargo.
El Ministerio Público encontró que los documentos presentados al Comité Evaluador de Méritos no demostraban experiencia sobresaliente de Ninco Daza en ninguna disciplina, y no podía ser catalogado como líder juvenil o estudiantil, ya que su trayectoria carecía de reconocimiento o distinciones. La Procuraduría estableció que con su actuación, Luna y Manrique vulneraron los principios de moralidad e igualdad que deben guiar la función estatal, calificando su falta disciplinaria como grave y cometida a título de dolo.