La Corte Constitucional dictaminó que los procedimientos médicos para el retiro de biopolímeros y el tratamiento de complicaciones derivadas de cirugías estéticas deben ser cubiertos por el Plan de Beneficios de Salud (PBS).
Esta decisión obliga a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) a asumir los costos de estos tratamientos.
El alto tribunal llegó a esta conclusión tras analizar seis casos de mujeres a quienes se les había negado atención médica por parte de sus EPS, argumentando que las complicaciones de procedimientos estéticos no estaban incluidas en el PBS.
La Corte enfatizó que tanto médicos como EPS tienen la obligación de diagnosticar y tratar los síntomas graves causados por cirugías estéticas, incluyendo implantes mamarios y aplicación de biopolímeros.
Asimismo, el fallo hace un llamado al Estado para implementar medidas preventivas que aseguren que las decisiones de las mujeres sobre procedimientos estéticos sean libres y sin presiones estereotipadas.
La Corte también exhortó a las autoridades competentes a sancionar efectivamente a quienes ofrecen servicios médicos sin las calificaciones adecuadas.
El Ministerio de Salud tendrá un mes para notificar esta decisión, que busca garantizar el acceso a tratamientos necesarios para pacientes que sufren complicaciones por procedimientos estéticos.