A partir de este domingo, entra en vigor en Colombia la prohibición del uso, fabricación, distribución y venta de ocho tipos de plásticos de un solo uso, marcando un cambio significativo en la vida cotidiana de los ciudadanos.
Los productos prohibidos incluyen bolsas en el punto de pago, rollos de bolsas en fruver y fruterías, bolsas de empaques de revistas y periódicos, bolsas en lavanderías, soportes plásticos para globos de cumpleaños, copitos de algodón, pitillos, palillos y mezcladores. Esta medida, impulsada por el Ministerio de Ambiente, busca reducir el impacto ambiental de los plásticos de un solo uso.
Helber Casas, miembro del grupo de Sostenibilidad del Ministerio de Ambiente, detalló en una entrevista que algunas excepciones se aplican a productos plásticos que sean 100% reciclados y provengan de planes nacionales de posconsumo, siempre y cuando sean certificados como sostenibles.
Las sanciones para quienes infrinjan esta prohibición variarán según la gravedad de la infracción e incluirán multas, decomisos y la posible clausura temporal o definitiva de establecimientos, siguiendo el debido proceso y los criterios de proporcionalidad establecidos en la Ley 1333 de 2009.
Además de la vigilancia por parte de las autoridades para asegurar el cumplimiento de las nuevas restricciones, se enfatizará en la educación de los consumidores sobre la importancia de reducir el uso de plásticos de un solo uso y adoptar prácticas más sostenibles.
La medida no solo busca reducir la contaminación, sino también fomentar una cultura ciudadana más consciente y responsable respecto al consumo de plásticos.